Arturo Santana 718. Maldonado
Arturo Santana 718. Maldonado
Ahorro y Crédito desde 1986
Las estructuras de todas las Cooperativas están formadas en función de siete principios fundamentales, los cuales están ligados entre sí. De nada sirve ignorar un principio, pues se menospreciarían todos los demás.
Las Cooperativas están abiertas para todas aquellas personas dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía, sin discriminación de clase social, raza, género, posición política o religiosa.
Las Cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan en las políticas y en la toma de decisiones. Las personas elegidas para ser representantes activos de su Cooperativa responden ante todos los miembros.
Las Cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantenga la autonomía de la Cooperativa.
Las Cooperativas brindan capacitación y educación a sus socios, de tal forma que contribuyen eficazmente al desarrollo, además informan al público en general acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
Las Cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando en forma conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
La Cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad. Los principios cooperativos, en conjunto, son la fuerza vital del movimiento. Derivado de los valores que se han infundido al movimiento desde su inicio, los principios amoldan las estructuras y determinan las actitudes que le dan al movimiento sus perspectivas distintivas.
ÚLTIMA MODIFICACIÓN – ACTA 1251:
“No podrán participar ni beneficiarse de cursos, becas ni ninguna otra actividad financiada por la cooperativa (a excepción de aquellas que sean de formación cooperativa) los miembros (titulares y suplentes) de los órganos y comisiones de la cooperativa, las personas que tengan la calidad de funcionarios, asesores, vinculados contractualmente o dependientes a cualquier título, ni sus familiares directos (padres, hijos, nietos, cónyuges y concubinos). Esta reglamentación no incluye los sorteos que surgieran de los préstamos otorgados por su calidad de socio”.
Arturo Santana 718
Horario: Lunes 12 a 18 Hs
Martes a Viernes 10 a 16 Hs
Tels.: 4223 5852 | 4223 3014
Leonardo Olivera 778
Horario: Lunes 12 a 14 y 15 a 18 Hs
Martes a Viernes 10 a 13 y 14 a 16 Hs
Tel.: 4266 0635
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